Micelio

Artículo 5

Las Superintendencias De Industria Y Comercio, Y Nacional De Salud, Diseñarán E Implementaran Programas Especiales De Monitoreo Y Observancia Para Hacer Cumplir Las Disposiciones Del Presente Decreto Y Evitar Fenómenos De Acaparamiento O Distribución Ineficiente, Inequitativa O Inadecuada De Los Productos Antes Mencionados

Decreto 462 de 2020 · Por el cual se prohíbe la exportación y la reexportación de productos necesarios para afrontar la emergencia sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19, se dictan medidas sobre su distribución y venta en el mercado interno, y se adiciona el Decreto 410 de 2020.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las Superintendencias de industria y Comercio, y Nacional de Salud, diseñarán e implementaran programas especiales de monitoreo y observancia para hacer cumplir las disposiciones del presente Decreto y evitar fenómenos de acaparamiento o distribución ineficiente, inequitativa o inadecuada de los productos antes mencionados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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