Las Superintendencias de industria y Comercio, y Nacional de Salud, diseñarán e implementaran programas especiales de monitoreo y observancia para hacer cumplir las disposiciones del presente Decreto y evitar fenómenos de acaparamiento o distribución ineficiente, inequitativa o inadecuada de los productos antes mencionados.
Artículo 5
Las Superintendencias De Industria Y Comercio, Y Nacional De Salud, Diseñarán E Implementaran Programas Especiales De Monitoreo Y Observancia Para Hacer Cumplir Las Disposiciones Del Presente Decreto Y Evitar Fenómenos De Acaparamiento O Distribución Ineficiente, Inequitativa O Inadecuada De Los Productos Antes Mencionados
Decreto 462 de 2020 · Por el cual se prohíbe la exportación y la reexportación de productos necesarios para afrontar la emergencia sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19, se dictan medidas sobre su distribución y venta en el mercado interno, y se adiciona el Decreto 410 de 2020.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.