Micelio

Artículo 3.23.6

Circular 100-000020 de 2026 · Circular Externa 100-000020 de 2 de julio de 2026

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

S.A.S.: Las determinaciones se adoptarán mediante el voto favorable de un número singular o plural de accionistas que represente cuando menos la mitad más una de las acciones presentes, salvo que en los estatutos se prevea una mayoría decisoria superior para algunas o todas las decisiones, sin perjuicio de Circular externa regulaciones especiales atinentes al voto singular o múltiple que descarten la aplicación de esta norma. Para incluir o modificar las siguientes disposiciones en los estatutos sociales, es necesaria la aprobación del 100% de las acciones suscritas que componen el capital: a. Prohibición de negociación de acciones emitidas hasta por 10 años y la prórroga de dicha restricción. b. Autorización previa de la Asamblea de Accionistas para la transferencia de acciones. c. Previsión de causales de exclusión de accionistas. d. Pacto arbitral o amigable composición para la resolución de conflictos societarios. e. Transformación de la S.A.S. en cualquiera de los tipos societarios consagrados en el Código de Comercio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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