El Capital del Fondo es de doscientos cuarenta (240) millones de dólares de los Estados Unidos de América que los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena suscriben en la siguiente forma:
Bolivia, treinta (30) millones.
Colombia, sesenta (60) millones.
Ecuador, treinta (30) millones.
Perú, sesenta (60) millones.
Venezuela, sesenta (60) millones.
La suscripción del capital se efectuará en el momento de firmarse el presente Convenio y los aportes se pagarán, a más tardar, en cuatro (4) cuotas anuales iguales y consecutivas por parte de Colombia, Perú y Venezuela y en ocho (8) cuotas anuales iguales y consecutivas por parte de Bolivia y Ecuador. La primera cuota se abonará dentro de los 90 días siguientes de la entrada en vigor del presente Convenio, conforme a lo establecido en el artículo 39.