Las quintas partes que con arreglo al artículo anterior se depositen en la Pagaduría Central, formarán un fondo común de reserva destinado á la reparación del instrumental de las Bandas, y para la concesión de premios á los músicos que se hagan acreedores á ellos. De estos depósitos se llevará cuenta exacta y detallada en la Comandancia general de la 1ª División y en la Pagaduría Central. El estado mensual de la citada cuenta será pasado puntualmente por dicha Comandancia á la Sección 3ª del Ministerio de Guerra.
Decreto 228 de 1897 →Vigente
Artículo 18
Las Quintas Partes Que Con Arreglo Al Artículo Anterior Se Depositen En La Pagaduría Central, Formarán Un Fondo Común De Reserva Destinado Á La Reparación Del Instrumental De Las Bandas, Y Para La Concesión De Premios Á Los Músicos Que Se Hagan Acreedores Á Ellos
Decreto 228 de 1897 · Que reorganiza las bandas de música militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.