Micelio

Artículo 7

Decreto 211 de 1874 · Por el cual se eleva el precio de la sal que se espende en las salinas nacionales; se aumenta el derecho de importación de la sal marina, i se reglamenta el cobro de los derechos de internación

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 7.º Siempre que un cargamento de sal que haya pagado el derecho de importacion o de internacion pase, en todo o en parte, a ser propiedad de otros individuos, los empleados espresados en el artículo anterior tienen el deber espedir a los nuevos propietarios, si éstas lo solicitan, una guia o certificacion en que se haga constar que la sal que conducen ha pagado los respectivos derechos.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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