Micelio

Artículo 2.6.1.1.3.3.8

Caninos De Reserva

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Caninos de Reserva. Los servicios de vigilancia y seguridad privada con medios caninos, están obligados a mantener perros de reserva en caso de enfermedad o accidente de algún animal, en proporción de uno (1) a cinco (5).

Para los casos especiales de accidente o enfermedad de los caninos, la empresa deberá dejar constancia escrita de este hecho y de la utilización de otro canino para la prestación del servicio, con su respectivo manejador.

(Decreto 2187 de 2001 artículo 18)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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