Micelio

Artículo 2

Decreto 3693 de 1954 · Por el cual se abren unos créditos adicionales- extraordinarios- al presupuesto para la vigencia fiscal en curso (Ministerio de Obras Públicas)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Con base en los nuevos recursos fiscales de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales-extraordinarios- al Presupuesto de Gastos para la presente vigencia fiscal: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Obras Nacionales con recursos del Crédito. CAPITULO 132-B C1bIV(a). Al artículo 2462-D. Para entregar los pagarés números 1 a 8 expedidos a favor del Banco Popular, por capital $ 1.000.000 y por intereses $ 57.166.67, emitidos para financiar las obras de modernización, ensanche y mecanización del Puerto Fluvial de Barraquilla, de conformidad con las autorizaciones conferidas por el Decreto legislativo número 3108 de 1954, y en armonía con las estipulaciones del contrato de préstamo concedido por el Banco a la Asociación Nacional de Navieros -ADENAVI- el 4 de noviembre último $ 1.057.166.67 C1bIV(a). Al artículo 2462-E. Para entregarlos 24 pagarés; Series "A" y "B", números 1 a 12 cada Serie, expedidos en dólares americanos a favor del Chemical Bank & Trust Company, de Nueva York, por capital US$ 2.000.000.00 y por intereses US$ 152.421.29, emitidos para financiar la adquisición de maquinaria, equipo y materiales importados para la mejora de las facilidades portuarias del río Magdalena, conforme a las autorizaciones conferidas, por el Decreto legislativo número 3108 de 1954, y en armonía con las estipulaciones del contrato de préstamo entre dicho Banco y la Asociación Nacional de Navieros -ADENAVI- del 5 de agosto último: US$ 2.152.421.29 al cambio oficial del 251% 5.402.577.44 C1bI(a). Al artículo 2462-F. Para pagar en pagarés a los siguientes contratistas vendedores, el valor de los equipos para la conservación de carreteras nacionales, y sus respectivos intereses, de acuerdo con las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por los Decretos legislativos números 1274 y 1881 de 1954, según los pormenores y contratos siguientes: 1° A International General Electric. los pagarés números 1 a 6 Serie "A", según contrato de julio 13 de 1954, y acta adicional de noviembre último por capital US$ 1.340.734.50, y por intereses US$ 67.036.73 US$ 1.407.771.23 2° A General Motor Corporatíon, los pagaras números 1 a 6, Serie "B", según contrato de julio 13 de 1954 por capital US$ 541.418.16, y por intereses US$ 27.070.91 568.489.07 3° A The Pettibone Multiken Corporatión, los pagarés números 1 a 6, Serie "C", según contrato de julio 13 de 1954, por capital US$ 96.063.96 y por intereses US$ 4.803.20 100.867.16 4° A International Harvester Export Company, los pagarés números 1 a 6, Serie "D", según contrato de julio 16 de 1954 por capital US$ 209.816.76 y por intereses US$ 10.490.84 220.307.60 5° A P. and M. International Fac, los pagarés números 1 a 6 Serie "E", según contrato de julio 13 de 1954, por capital US$ 160.310.40 y por intereses US$ 8.015.52 168.325.92 6° A Galion Iron Works & Mig Co, los pagarés números 1 a 6, Serie "F", según contrato de julio 26 de 1954 por capital US$ 696.588.78 y por interes US$ 34.829.44 731.448.22 7° A Theodor Wille, Hamburgo, los pagarés números 1 a 6, Serie "G", según contrato de agosto 2 de 1954 por capital US$ 389.136.00 Y por intereses US$ 19.456.80 408.592.80 8° A. General Motor Corporation, los pagarés números 1 a 6, Serie "H", según contrato de julio 31 de 1954 por capitall US$ 142.190.40 y por intereses US$ 7.109.52 149.299.92 9° A Deutsch Kolumbianische Handes Ges, los pagarés números 1 a 6 Serie "I", según contrato de agosto 5 de 1954 por capital US$ 106.644.78 y por intereses US$ 5.332.23 111.977.01 Suma al cambio oficial de 251% US$ 3.867.048.93 9.706.292.81 Total $ 16.166.036.92

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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