°. Supresión y liquidación. Suprímese la Institución de Utilidad Común Fundación Ciudad de Cali, creada mediante los Decretos 133 y 170 de 1957, con personería jurídica reconocida por la Resolución número 2606 del 26 de septiembre de 1957 del Ministerio de Justicia y por la Ley 179 de 1959. En consecuencia, a partir de la vigencia del presente decreto, dicha Fundación entrará en proceso de liquidación, el cual deberá concluir a más tardar en un plazo máximo de un año contado a partir de la fecha de publicación de este acto administrativo, y utilizará para todos los efectos la denominación “Fundación Ciudad de Cali en Liquidación”. La liquidación se realizará conforme a lo dispuesto en el Decreto-ley 254 de 2000, modificado por la Ley 1105 de 2006, mediante el cual se expide el régimen para la liquidación de las entidades públicas del orden nacional y las demás normas que lo modifiquen, sustituyan o reglamenten, y en cuanto sean compatibles con la naturaleza de la entidad, lo pertinente en las disposiciones sobre liquidación del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y del Código de Comercio.
Decreto 369 de 2009 →Vigente
Artículo 1
Supresión Y Liquidación
Decreto 369 de 2009 · por el cual se suprime la Fundación Ciudad de Cali y se ordena su liquidación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.