°. Condiciones de los inmuebles objeto de transferencia gratuita a otras entidades públicas. El Colector de Activos Públicos - CISA transferirá gratuitamente, a otras entidades públicas, aquellos inmuebles que haya obtenido a título gratuito, en los eventos en que las entidades solicitantes: (i) ostenten la posesión o tenencia del inmueble, siempre que dicha condición sea previa a la expedición del presente decreto. (ii) Requieran un inmueble desocupado, siempre que sea para: a) el desarrollo de sus funciones o, b) proyectos enmarcados dentro de las políticas establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo.
En ningún caso podrá CISA transferir, a título gratuito, los bienes que pertenezcan a patrimonios autónomos de remanentes de procesos de liquidación y aquellos bienes que amparan pasivos pensionales.