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Artículo 1

Condiciones De Los Inmuebles Objeto De Transferencia Gratuita A Otras Entidades Públicas

Decreto 2671 de 2012 · por el cual se reglamenta la transferencia gratuita de inmuebles del Colector de Activos Públicos - CISA a otras entidades públicas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Condiciones de los inmuebles objeto de transferencia gratuita a otras entidades públicas. El Colector de Activos Públicos - CISA transferirá gratuitamente, a otras entidades públicas, aquellos inmuebles que haya obtenido a título gratuito, en los eventos en que las entidades solicitantes: (i) ostenten la posesión o tenencia del inmueble, siempre que dicha condición sea previa a la expedición del presente decreto. (ii) Requieran un inmueble desocupado, siempre que sea para: a) el desarrollo de sus funciones o, b) proyectos enmarcados dentro de las políticas establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo.

Parágrafo

En ningún caso podrá CISA transferir, a título gratuito, los bienes que pertenezcan a patrimonios autónomos de remanentes de procesos de liquidación y aquellos bienes que amparan pasivos pensionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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