Modificar el numeral 1 y el parágrafo del artículo 332 de la Ley 906 de 2004 , el cual quedará así:
Artículo 332. Causales . El fiscal solicitará la preclusión en los siguientes casos:
Imposibilidad de iniciar o continuar el ejercicio de la acción penal debido, entre otras razones, a la configuración de cualquiera de las causales que la extinguen .
(...)
Durante el juzgamiento, de sobrevenir las causales 1 y 3, el fiscal, el Ministerio Público, el procesado o su defensor, también podrían solicitar al juez de conocimiento la preclusión.