º. Composición del Consejo Directivo. El Consejo Directivo del Instituto de Seguros Sociales estará integrado por siete (7) miembros, representantes del Gobierno, los empleadores y los trabajadores, así
En representación del Gobierno; - El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, quien lo presidirá, o el viceministro como su delegado. - El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado. - Un Consejero del Presidente de la República designado por éste;
En representación de los trabajadores: - Un representante de la Central de Trabajadores con mayor número de afiliados. - Un representante de las Confederaciones de Pensionados que agrupe el mayor número de afiliados;
En representación de los empleadores: - Dos representantes de los empleadores, uno de los cuales deberá ser representante de la pequeña o mediana empresa.
Cuando una asociación de usuarios del ISS reúna más del 30% de los afiliados al Instituto sustituirá la representación de la Central de Trabajadores con mayor número de afiliados de que trata el literal b) del presente artículo.