Micelio

Artículo 18

Cuando Se Trate De Obras Que Beneficien Tanto A Predios O Empresas Agrícolas Y Ganaderas, Como A Zonas Urbanas O Instalaciones Industriales, Etc, El Instituto Nacional De Aprovechamiento De Aguas Y Fomento Eléctrico O La Entidad Encargada De Su Realización Determinará La Cuota-Parte Que A Cada Una Corresponda En El Total De Las Sumas Invertidas En Su Estudio Y Contribución, De Las Cargas D Reembolso Se Hará Separadamente Para Cada Zona, Siguiendo Las Normas Indicadas En Los Artículos Anteriores

Decreto 1112 de 1952 · Por el cual se dictan algunas medidas sobre el estudio, construcción y reembolso de obras de irrigación, desecación y similares

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando se trate de obras que beneficien tanto a predios o empresas agrícolas y ganaderas, como a zonas urbanas o instalaciones industriales, etc, el Instituto Nacional de Aprovechamiento de Aguas y fomento Eléctrico o la entidad encargada de su realización determinará la cuota-parte que a cada una corresponda en el total de las sumas invertidas en su estudio y contribución, de las cargas d reembolso se hará separadamente para cada zona, siguiendo las normas indicadas en los artículos anteriores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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