✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El derecho de cobrar pensión del Tesoro nacional se pierde:
1.
Por ser condenado a pena corporal por los tribunales de la Unión o de los Estados, conforme a la lei penal.
2.
Por tomar participación en alzamientos o sediciones contra el Gobierno nacional o los Gobiernos lejítimos de los Estados; i
3.
Por fomentar o ausiliar enganches o levas que tengan por objeto turbar el orden público en otro Estado de la Unión o invadir el territorio de una Nación amiga.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.