Destínase la cantidad de trescientos cincuenta mil pesos ($ 350.000.00) para la ejecución de las obras de que trata esta Ley, partidas que serán incluídas en el Presupuesto de la próxima vigencia, quedando facultado el Gobierno para abrir los créditos extraordinarios correspondientes y dictar las demás disposiciones para su efectivo cumplimiento.
Ley 47 de 1962 →Vigente
Artículo 4
Ley 47 de 1962 · por la cual se honra la memoria de un eminente ciudadano (doctor Emilio Robledo Correa).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.