Micelio

Artículo 1

Ley 98 de 1912 · por la cual se fomenta la construcción de una vía pública (camino de Chocontá al Meta)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno continuará la construcción y mejora de la vía que partiendo de Chocontá vaya a terminar en el punto que se elija sobre el río Meta, sea en Cabuyaro, o en la confluencia de dicho río con el Upía, o en un punto intermedio entre estos dos, pasando por Machetá, Tibirita, Guateque, Somondoco, La Trinidad y el puente del Macanal, sobre el río Batá.

Para la construcción y mejora de esta vía se destina la cantidad de quinientos pesos mensuales, que se pagarán por meses anticipados y durante el término de cinco años.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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