Micelio

Artículo 7

El Detalle De Las Apropiaciones Podrá Modificarse, A Través De Traslados Presupuéstales Mediante Aprobación De Las Juntas O Consejos Directivos, Durante El Transcurso De La Vigencia Fiscal Siempre Y Cuando No Se Modifique En Cada Caso El Valor Total De Cada Uno De Los Conceptos De Gastos Señalados En Este Decreto

Decreto 2885 de 1994 · por el cual se aprueba el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, de las entidades privadas que administren fondos públicos de orden nacional y de las sociedades de economía mixta sujetas al régimen de las empresas Industriales y Comerciales del Estado para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 1995.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El detalle de las apropiaciones podrá modificarse, a través de traslados presupuéstales mediante aprobación de las juntas o consejos directivos, durante el transcurso de la vigencia fiscal siempre y cuando no se modifique en cada caso el valor total de cada uno de los conceptos de gastos señalados en este Decreto. Las partidas que se contracrediten deben certificarse disponibles y libres de afectación por el Jefe de Presupuesto de la Entidad, o quien haga sus veces. Una vez aprobada la modificación, deberá reportarse en los diez (10) días siguientes a la Dirección General del Presupuesto Nacional y al Departamento Nacional de Planeación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2885 de 1994