La intensidad horaria mínima con que deberán dictarse las materias obligatorias y sus contenidos mínimos exigibles serán señalados por el ICFES. La secuencia y ubicación dentro del plan de estudios de las distintas materias las determinará la respectiva unidad académica. Las intensidades mínimas que señale el ICFES valdrán para efectos de la aprobación de los programas de estudio y la transferencia de estudiantes, sin perjuicio de que las instituciones intensifiquen el trabajo académico cuando lo consideren necesario y de que se reconozcan las materias optativas cursadas en otras unidades o instituciones.
Decreto 3200 de 1979 →Vigente
Artículo 17
La Intensidad Horaria Mínima Con Que Deberán Dictarse Las Materias Obligatorias Y Sus Contenidos Mínimos Exigibles Serán Señalados Por El Icfes
Decreto 3200 de 1979 · por el cual se dictan normas sobre la enseñanza del Derecho
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.