Micelio

Artículo 23

En Los Concursos Abiertos Que Se Realicen En Las Capitales De Departamentos O En Las Áreas Metropolitanas Deberá, Igualmente, Ampliarse El Plazo Para Las Inscripciones En Los Términos Del Artículo Anterior Cuando Sólo Uno De Los Inscritos Reúna Los Requisitos

Decreto 1572 de 1998 · por el cual se reglamenta la Ley 443 de 1998 y el Decreto-ley 1567 de 1998.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los concursos abiertos que se realicen en las capitales de departamentos o en las áreas metropolitanas deberá, igualmente, ampliarse el plazo para las inscripciones en los términos del artículo anterior cuando sólo uno de los inscritos reúna los requisitos. Si vencido el nuevo plazo no se presentan más aspirantes, el concurso se realizará con la única persona admitida.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1572 de 1998