Micelio

Artículo 35

Decreto 2400 de 1986 · por el cual se revisa, reforma y pone en funcionamiento el Estatuto de la Carrera Judicial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Escuela Judicial será responsable de la realización de los concursos, de acuerdo con las siguientes reglas

a)

Los concursantes deberán identificarse legalmente, para evitar suplantaciones;

b)

Se implantará un control estricto de las pruebas, con el fin de evitar la pérdida o divulgación del respectivo material;

c)

Las pruebas deberán contener instrucciones precisas y ser administradas correctamente;

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2400 de 1986