°. Cuando los Establecimientos Públicos, las Empresas y Comerciales de Estado y las Sociedades de Economía Mixta que conforme a las disposiciones legales vigentes estén sometidos al régimen previsto para las Empresas, necesiten celebrar contratos de prestación de Servicios como son los de asesoría o asistencia de cualquier clase, realización de estudios -diferentes a los de obras públicas- , representación judicial y rendición de conceptos de valor superior de a cien mil pesos ($100.000.00), requieran ordenar gastos para los mismos fines por dicho valor, deberán enviar a la Secretaría de Organización e Inspección de la Administración Pública de la Presidencia de la República junto con la solicitud razonada del Ministro o Jefe de Departamento Administrativo al cual se hallen adscritos e vinculados, los siguientes documentos
Informe detallado sobre la necesidad de la celebración del contrato u ordenado del gato y sobre la incapacidad de la entidad para atender el servicio que se pretende contratar con su personal de planta;
Prueba de la idoneidad profesional del presunto contratista que se acreditará con certificaciones sobre trabajos anteriores, experiencia, realización, etc… y
Copia del Proyecto de contrato que se pretende celebrar o del proyecto de acto administrativo que ordene el gasto.