Micelio

Artículo 18

Causales De Exclusión De La Responsabilidad Ético Dis­ciplinaria

Ley 1828 de 2017 · por medio de la cual se expide el Código de Ética y Disciplinario del Congresista y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Está exento de responsabilidad el Congresista que realice la conducta:

a)

Por fuerza mayor o caso fortuito.

b)

En cumplimiento de un deber constitucional, legal o reglamentario de mayor importancia que el sacrificado.

c)

Por salvar un derecho propio o ajeno al cual deba ceder el cumpli­miento del deber, en razón de la necesidad, adecuación, proporcionalidad y razonabilidad.

c)

En situación de inimputabilidad debidamente comprobada.

No habrá lugar al reconocimiento de la inimputabilidad cuando el Congresista hubiere preordenado su comportamiento.

Parágrafo

En cualquiera de estos casos se ordenará el archivo de las diligencias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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