Micelio

Artículo 73

Por El Término De Tres (3) Años, A Partir Del Ejercicio Con Corte Al 31 De Diciembre De 2002, No Menos Del 50% De Las Utilidades Brutas Que En Cada Ejercicio Anual Liquide Finagro, Se Trasladarán Al Programa Del Incentivo A La Capitalización Rural, Icr, Creado Por La Ley 101 De 1993

Decreto 3200 de 2002 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2003, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Por el término de tres (3) años, a partir del ejercicio con corte al 31 de diciembre de 2002, no menos del 50% de las utilidades brutas que en cada ejercicio anual liquide Finagro, se trasladarán al programa del Incentivo a la Capitalización Rural, ICR, creado por la Ley 101 de 1993. El porcentaje será definido anualmente por la Junta Directiva de Finagro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3200 de 2002