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Artículo 2.2.7.3.5

Directrices Para La Fijación Del Umbral De Gases Efecto Invernadero (Gei) Para El Hidrógeno De Bajas Emisiones

Decreto 1073 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Directrices para la fijación del Umbral de Gases Efecto Invernadero (GEI) para el Hidrógeno de Bajas Emisiones. Dentro de los ocho (8) meses siguientes a la publicación en el Diario Oficial del presente Decreto, mediante resolución conjunta, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Ministerio de Minas y Energía establecerán el umbral GEI para efectos de la certificación del hidrógeno de bajas emisiones en Colombia.

Parágrafo 1

El umbral se establecerá considerando la cadena de valor de las tecnologías de producción de hidrógeno disponibles, las capacidades de producción, y el impacto en la reducción de emisiones de GEI considerando normativas internacionales.

Parágrafo 2

El umbral de Gases de Efecto Invernadero (GEI) definido en este artículo servirá como criterio fundamental para la certificación de hidrógeno de bajas emisiones en Colombia. Este umbral deberá integrarse en los estándares de certificación de origen tanto para el consumo local. Hasta la definición y adopción del umbral GEI, los productores podrán continuar utilizando los sistemas de certificación de origen disponibles, los cuales deberán ajustarse a los nuevos criterios una vez establecidos. Cualquier certificación de origen emitida antes de la definición del umbral GEI será evaluada por la autoridad competente para determinar su conformidad con los nuevos criterios, asegurando una transición ordenada hacia el cumplimiento de los estándares de bajas emisiones.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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