Micelio

Artículo 3

La Iniciativa Y El Trámite De Creación De La Nueva Cámara De Comercio, Deberá Estar A Cargo De Un Comité Promotor, Integrado Por Un Número De Comerciantes Cuya Conformación Deberá Ceñirse A Las Normas Que Reglamentan El Número De Miembros De Juntas Directivas De Las Cámaras De Comercio

Decreto 1252 de 1990 · por el cual se reglamenta parcialmente el Título VI del Libro Primero del Código de Comercio.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La iniciativa y el trámite de creación de la nueva cámara de comercio, deberá estar a cargo de un comité promotor, integrado por un número de comerciantes cuya conformación deberá ceñirse a las normas que reglamentan el número de miembros de juntas directivas de las cámaras de comercio. Cuando la creación de la nueva cámara de comercio sea a iniciativa de los comerciantes, éstos acompañarán copia auténtica del acta en que conste la designación del correspondiente comité promotor.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1252 de 1990