Micelio

Artículo 7

Decreto 2920 de 1981 · Por el cual se determinan los procedimientos, requisitos y criterios generales para las elecciones de delegados a las asambleas generales de las entidades sometidas a la acción del Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo séptimo . De la fecha y hora de las elecciones . La fecha y hora en que se llevará a cabo el proceso electoral serán señaladas por el organismo que presentó la solicitud; una vez ejecutoriada la providencia que reglamenta la respectiva elección. Cuando existan sucursales o agencias, el proceso electoral se realizará en todas las zonas durante la misma fecha y hora.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2920 de 1981