Micelio

Artículo 8

Ley 8 de 1935 · Por la cual se modifica el régimen de la moneda fraccionaria

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Queda prohibida la exportación de monedas de plata o de barras procedentes de la fundición de monedas u otros objetos del mismo metal. La Junta consultiva de la Oficina de Control de Cambios permitirá, con los requisitos que el Gobierno estime necesarios, la exportación de la plata que se produzca en las minas del país. También podrá conceder licencias a los que manufacturen objetos de plata para que sepa que provean del metal que requieran para su industria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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