Requisitos. Para acceder al beneficio consagrado en el numeral 1 del artículo 2.2.13.13.2. del presente capítulo, los creadores y gestores culturales deberán cumplir con los siguientes requisitos
Ser colombiano.
Tener mínimo 62 años de edad si es hombre y 57 años de edad si es mujer.
Residir durante los últimos diez (10) años en el territorio nacional.
Percibir ingresos inferiores a un (1) salario mínimo mensual legal vigente.
Que se acredite, a través del Ministerio de Cultura, la condición de gestor o creador cultural, de acuerdo con los requisitos que esa cartera ministerial determine para tal fin.
Para la solicitud de financiación de la anualidad vitalicia, los creadores y gestores culturales que cumplan con los requisitos del presente artículo, deberán postularse ante la alcaldía del municipio o distrito donde residan, instancia que verificará el cumplimiento de las condiciones de acceso al programa.