Micelio

Artículo 33

La Junta Directiva Se Reunirá En Forma Ordinaria Y Por Derecho Propio Por Lo Menos Una Vez Al Mes, En El Día, Hora Y Lugar Del Domicilio Social Indicado En La Convocatoria De Su Presidente; Se Reunirá También En Forma Extraordinaria Cuando Sea Convocada Por El Presidente De La Sociedad, O Por El Revisor Fiscal, O Por El Presidente De La Misma Junta Directiva, O Cuando A Éste, Lo Soliciten No Menos De Dos Miembros Principales Que Estén Actuando

Decreto 2276 de 1991 · por el cual se aprueba una reforma de los Estatutos del Banco de los Trabajadores.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Junta Directiva se reunirá en forma ordinaria y por derecho propio por lo menos una vez al mes, en el día, hora y lugar del domicilio social indicado en la convocatoria de su Presidente; se reunirá también en forma extraordinaria cuando sea convocada por el Presidente de la sociedad, o por el Revisor Fiscal, o por el Presidente de la misma Junta Directiva, o cuando a éste, lo soliciten no menos de dos miembros principales que estén actuando.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2276 de 1991