Micelio

Artículo 1

La Administración De Justicia Se Ejerce De Modo Permanente Por La Corte Suprema De Justicia, El Consejo De Estado, El Tribunal Disciplinario, Los Tribunales Superiores De Distrito, Administrativo, De Aduanas, Militar Y Disciplinarios, Y Los Jueces Superiores, De Circuito, De Instrucción De Menores, De Distrito Aduanero, Territoriales Y Municipales

Decreto 1265 de 1970 · Por el cual se expide el estatuto orgánico de la administración de justicia

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La administración de justicia se ejerce de modo permanente por la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el Tribunal Disciplinario, los Tribunales Superiores de Distrito, Administrativo, de Aduanas, Militar y Disciplinarios, y los Jueces Superiores, de Circuito, de Instrucción de Menores, de Distrito Aduanero, Territoriales y Municipales. En casos especiales se ejerce por el Senado y por funcionarios administrativos. Los jurados y los árbitros ejercen ocasionalmente funciones jurisdiccionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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