Antes de fallar los recursos de apelación contra resoluciones dictadas por los Inspectores del Trabajo en virtud de las normas del presente Decreto, el Jefe del Departamento Nacional del Trabajo oirá al Director de la Sección de Alfabetización del Ministerio de Educación.
Decreto 2553 de 1951 →Vigente
Artículo 28
Antes De Fallar Los Recursos De Apelación Contra Resoluciones Dictadas Por Los Inspectores Del Trabajo En Virtud De Las Normas Del Presente Decreto, El Jefe Del Departamento Nacional Del Trabajo Oirá Al Director De La Sección De Alfabetización Del Ministerio De Educación
Decreto 2553 de 1951 · Por el cual se reglamentan los artículos 285, 286 y 287 del Código del Trabajo y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.