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Artículo 2.2.2.52.8

Artículo 2.2.2.52.8 . Base De Datos De Alertas Por Pr

Decreto 1074 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Base de datos de alertas por productos defectuosos . La Superintendencia de Industria y Comercio, en su página web pondrá al servicio del público una base de datos con los productos respecto de los cuales haya recibido reportes y que hayan sido catalogados como defectuosos. Dicha base de datos que deberá tener un buscador, contendrá como mínimo, la siguiente información

1.

La identificación del bien en cuestión:

2.

Nombre bajo el cual ha sido comercializado el producto.

3.

El tipo de producto.

4.

La identificación de su fabricante o importador, o la marca que lo identifica.

5.

La descripción del defecto y de los riesgos asociados al producto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1074 de 2015