Micelio

Artículo 6

En Cada Escuela Vocacional O De Trabajo Agrícola, Habrá Una Junta De Venta De Productos, Compuesta Por: El Director, El Profesor Experto Agrícola Y Un Alumno Elegido Por Sus Condiscípulos

Decreto 306 de 1945 · Por el cual se crea el Fondo Rotatorio de las Escuelas Vocacionales o de Trabajo Agrario

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º En cada Escuela Vocacional o de Trabajo Agrícola, habrá una junta de venta de productos, compuesta por: El Director, el Profesor experto Agrícola y un alumno elegido por sus condiscípulos. Cuando se haga una venta de productos procedente de las parcelas individuales, el dueño de la parcela podrá también intervenir en la operación y entrega de los productos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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