Artículo primero. Hácese la siguiente traslación en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS. Capítulo 113. Obras Hidráulicas-Construcción. Del artículo 1822. Para las obras de construcción del acueducto del Puerto de Tumaco, en el año $ 170.000.00 Suman los contracréditos $ 170.000.00 Capítulo 116. Carreteras Nacionales - Conservación, Adiciones y Mejoras. Al artículo 1839. Para gastos de conservación y adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales, según distribución que hará el Gobierno $ 170.000.00 Ordinal 39. Para adiciones y mejoras carretera Santa Marta-Fundación $ 170.000.00 Suman los créditos $ 170.000.00
Decreto 2650 de 1953 →Vigente
Artículo 1822
Para Las Obras De Construcción Del Acueducto Del Puerto De Tumaco, En El Año $ 170
Decreto 2650 de 1953 · Por el cual se hace una traslación en el presupuesto de Gastos vigente (Ministerio de Obras Públicas)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.