✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Art. 4.° Son inválidos mutilados los que han sufrido la amputación de algún miembro , i no mutilados , los que no se hallen en tal caso.
Inválidos asimilados a mutilados son los que, sin haber sufrido amputación, han perdido completamente el uso de algun miembro.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.