Micelio

Artículo 9

Para Ascender A Teniente Primero Se Requiere Además, Haber Aprobado El Curso De Perfeccionamiento Correspondiente, En La Escuela "general Santander", O En Su Defecto, Haber Presentado Y Aprobado En La Misma Escuela Los Exámenes Correspondientes A Las Materias De Dicho Curso, De Conformidad Con El Pensum Entonces Vigente

Decreto 2310 de 1943 · Por el cual se reglamenta la carrera de Oficiales, Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para Ascender a Teniente Primero se requiere además, haber aprobado el curso de perfeccionamiento correspondiente, en la Escuela "General Santander", o en su defecto, haber presentado y aprobado en la misma Escuela los exámenes correspondientes a las materias de dicho curso, de conformidad con el pensum entonces vigente. Para ascender a Subcomandante y a Comandante de División se requiere invariablemente haber aprobado los cursos correspondientes en la Escuela "General Santander".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2310 de 1943