° Con fecha 1.° de enero de 1974, fíjanse los siguientes sueldos básicos mensuales para los Suboficiales de las Fuerzas Militares, así: Cabo Segundo o Marinero $ 1.320.00 Cabo Primero, Suboficial Tercero o Suboficial Técnico Tercero 1.500.00 Sargento Segundo, Suboficial Segundo o Suboficial Técnico 2.° 1.740.00 Sargento Viceprimero, Suboficial Primero o Suboficial Técnico 1.° 1.980.00 Sargento Primero, Suboficial Jefe o Suboficial Técnico Subjefe 2.220.00 Sargento Mayor, Suboficial Jefe Técnico o Suboficial Técnico Jefe 2.520.00
Decreto 169 de 1974 →Vigente
Artículo 2
Con Fecha 1
Decreto 169 de 1974 · Por el cual se fijan sueldos básicos para el personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.