Ley 54 de 1968 · Sobre nombramientos, remoción, ascensos, estabilidad y asignaciones del personal de empleados del Congreso
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
A partir de la vigencia de esta Ley, establécese la siguiente escala de sueldos y aumentos para los empleados de las Cámaras así:
Los demás empleados al servicio del Congreso quedarán aumentados en sus asignaciones actuales en un veinticinco por ciento (25%).
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.