Micelio

Artículo 32

Decreto 2546 de 1999 · por el cual se reestructura el Ministerio del Interior

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección General Administrativa y Financiera . Son funciones de la Dirección General Administrativa y Financiera las siguientes

a)

Ejercer, bajo la coordinación de la Secretaría General, lo relacionado con las materias de planeación administrativa del Ministerio, la gestión y ejecución del presupuesto, el manejo financiero y contable, la prestación de los servicios administrativos comunes a todas las dependencias del Ministerio, de conformidad con las disposiciones legales vigentes;

b)

Planear, dirigir, coordinar y controlar la adquisición de los bienes y la prestación de los servicios que requiera el Ministerio;

c)

Organizar, dirigir y controlar la vigilancia y mantenimiento de las oficinas, equipos, muebles e inmuebles, y demás elementos destinados al servicio del Ministerio;

d)

Coordinar y controlar todo lo relacionado con el suministro, almacenamiento y transporte de elementos para el normal funcionamiento del Ministerio;

e)

Preparar los informes exigidos por los organismos de control y vigilancia, de acuerdo con las normas legales y fiscales vigentes;

f)

Coordinar todos los aspectos referentes a la consecución de elementos devolutivos y de consumo, el manejo del Almacén del Ministerio, y velar por el despacho oportuno a las distintas dependencias;

g)

Velar por el correcto estado y el mantenimiento del parque automotor y coordinar la eficiente prestación del servicio;

h)

Coordinar los servicios de aseo, cafetería, celaduría y mantenimiento de equipos; j) Velar por la adecuada presentación de las oficinas y por la conservación y mantenimiento de los bienes del Ministerio; k) Atender la labor de archivo y los servicios de recepción, registro y distribución de correspondencia; y l) Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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