Micelio

Artículo 288

El Que Sin Derecho Consigne Su Voto En Una Elección O Suplante A Otro Elector, O Vote Más De Una Vez, Incurrirá En Arresto De Uno A Seis Meses Y En Multa De Veinte A Quinientos Pesos

Decreto 2300 de 1936 · Por el cual se adopta el texto definitivo del nuevo código Penal

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El que sin derecho consigne su voto en una elección o suplante a otro elector, o vote más de una vez, incurrirá en arresto de uno a seis meses y en multa de veinte a quinientos pesos.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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