Adiciónese el artículo 35A a la Resolución 100-000040 de 8 de enero de 2021 que quedará de la siguiente manera: “ARTÍCULO 35A. Grupo de Empalme de las Funciones de Supervisión de Cámaras de Comercio, los Registros Públicos y el ejercicio de la profesión del Comercio. El Grupo de Empalme de las Funciones de Supervisión de Cámaras de Comercio, los Registros Públicos y el ejercicio de la profesión del Comercio, adscrito al despacho del Delegado de Supervisión Societaria tendrá las siguientes funciones: 35A.1 Apoyar el desarrollo de las actividades previstas en el proyecto estratégico “Reestructuración organizacional para asumir las funciones de supervisión de Cámaras de Comercio y otras funciones, de conformidad con la Ley de Emprendimiento” acorde con la ficha del proyecto incluida en el Sistema de Gestión Integrado de la Superintendencia de Sociedades. 35A.2 Verificar el inventario realizado por la Superintendencia de Industria y Comercio respecto de los trámites, procesos, programas, actividades y demás aspectos en curso que serán recibidos por la Superintendencia de Sociedades con ocasión del traslado de funciones del artículo 70 de la Ley 2069 de 2020. 35A.3 Promover y adelantar las actividades necesarias para desarrollar el empalme completo y adecuado que permita mantener la continuidad en el ejercicio de las facultades de supervisión y demás trasladadas en virtud del artículo 70 de la Ley 2069 de 2020. 35A.4 Adelantar las actividades de sensibilización, instrucción y capacitación para promover y desarrollar los conocimientos y competencias en los servidores públicos del grupo y las personas que vayan a ser responsables del ejercicio de las facultades trasladadas en virtud del artículo 70 de la Ley 20169 de 2020. 35A.5 Proyectar cuando sea requerido para ello y en todo caso revisar los proyectos de actos administrativos necesarios para concretar el traslado de las funciones de supervisión y demás previstas en el artículo 70 de la Ley 2069 de 2020. 35A.6 Elaborar y adelantar propuestas de mejora frente al ejercicio de las funciones de supervisión y demás trasladadas en virtud del artículo 70 de la Ley 2069 de 2020. 35A.7 Proponer al Superintendente Delegado de Supervisión Societaria los lineamientos que debería tener los diferentes planes y políticas 5/5 RESOLUCION de supervisión para el ejercicio de las funciones de supervisión y demás trasladadas en virtud del artículo 70 de la Ley 2069 de 2020. 35A.8 Proponer al Superintendente Delegado de Supervisión Societaria el contenido de documentos instructivos con directrices dirigidas a las Cámaras de Comercio como nuevos sujetos supervisados por parte de la Superintendencia de Sociedades. 35A.9 Apoyar a la Delegatura de Asuntos Económicos y Societarios y a la Dirección de Tecnología de la Información y las Comunicaciones en lo que estas dependencias requieran como parte del proceso de transición de las funciones que serán trasladadas en virtud del artículo 70 de la Ley 2069 de 2020. 35A.10 Realizar la actualización de los diferentes documentos o herramientas de trabajo dentro del Sistema Integrado de Gestión para facilitar el proceso de transición de las funciones que serán trasladadas en virtud del artículo 70 de la Ley 2069 de 2020. 35A.11. Proponer los diferentes instrumentos de carácter jurídico, técnico, contable y financiero que se requieran para fortalecer el proceso de transición de las funciones que serán trasladadas en virtud del artículo 70 de la Ley 2069 de 2020. 35A.12 Las demás que le señale el Superintendente Delegado o el Superintendente de Sociedades”.
Artículo 2
Resolucion 100-003221 de 2021 · Por medio de la cual se crea un grupo de trabajo adscrito al despacho de la Delegatura de Supervisión Societaria EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES En uso de sus atribuciones legales, reglamentarias y, en especial, las conferidas por el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los numerales 34, 40, 41 y 42 del artículo 8, el Decreto 1736 de 2020, y CONSIDERANDO: Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, por medio de la cual
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.