Micelio

Artículo 15

Decreto 3116 de 1997 · por el cual se establece la reglamentación para la liquidación de la Corporación Social de la Superintendencia de Sociedades, Corporanónimas en liquidación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Traslado del pago de pensiones. A partir del 1º de abril de 1998 trasládese al Fondo de Pensiones Públicas, FOPEP, el pago de las pensiones que están a cargo de la Corporación Social de la Superintendencia de Sociedades, Corporanónimas en liquidación.

Parágrafo transitorio

Mientras se surten los trámites pertinentes para que el FOPEP asuma este traslado, las Superintendencias respectivas o la Corporación Social de la Superintendencia de Sociedades, Corporanónimas en liquidación, deberán seguir cumpliendo con dicho pago.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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