Micelio

Artículo 37

De Las Infracciones Administrativas De Las Instituciones Educativas Privadas

Ley 1620 de 2013 · por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Respecto de las instituciones educativas de carácter privado las entidades territoriales certificadas en educación deberán adelantar el procedimiento administrativo sancionatorio de que tratan los artículos 47 al 50 de la Ley 1437 de 2011 , cuando incumplan las disposiciones establecidas en la presente ley, especialmente en los siguientes eventos:

1.

Omisión, incumplimiento o aplicación indebida de la ruta de atención integral de la que trata la presente ley,

2.

Falta de ajuste o implementación del Proyecto Educativo Institucional y del Manual de Convivencia, de acuerdo con las orientaciones de la presente ley.

3.

Inoperancia del Comité Escolar de Convivencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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