Micelio

Artículo 22

A Los Miembros Les Está Prohibido: 1

Decreto 829 de 1984 · Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 3° del Decreto 133 de 1976

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A los miembros les está prohibido

1.

Utilizar el nombre de la asociación para adelantar campo políticos, religiosa o de cualquier otra índole ajena al objeto social de la misma.

2.

Presionar a los demás, miembros o a las Directivas de la asociación a fin de que se desvíe él objeto social de la entidad o violen sus estatutos.

3.

En general, desarrollar actividades o realizar cualquier hecho que tienda a perjudicar a la asociación, a sus Directivas o a sus miembros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 829 de 1984