Son aplicables, con relación á las Prefecturas de Arauca y Orocué, los artículos 173 á 180 inclusive del Código Político y Municipal y los prefectos de dichas Provincias tienen las atribuciones y deberes que señala el artículo 181 del Código citado pero el nombramiento de Secretario y demás empleados que le corresponda nombrar debe someterlo a la aprobación del Intendente.
Decreto 392 de 1892 →Vigente
Artículo 15
Son Aplicables, Con Relación Á Las Prefecturas De Arauca Y Orocué, Los Artículos 173 Á 180 Inclusive Del Código Político Y Municipal Y Los Prefectos De Dichas Provincias Tienen Las Atribuciones Y Deberes Que Señala El Artículo 181 Del Código Citado Pero El Nombramiento De Secretario Y Demás Empleados Que Le Corresponda Nombrar Debe Someterlo A La Aprobación Del Intendente
Decreto 392 de 1892 · En ejecución de la Ley 13 de 1892, sobre administración de los Territorios de San Martín y Casanare
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.