Micelio

Artículo 19

Inspección, Vigilancia Y Control

Decreto 1036 de 2018 · Por el cual se establecen los requisitos que se deben cumplir para la importación y comercialización de reactivos de diagnóstico in vitro huérfanos, in vitro grado analítico, analito específico, los reactivos de uso general en laboratorio y reactivos in vitro en investigación utilizados en muestras de origen humano.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Inspección, vigilancia y control. Las acciones de inspección, vigilancia y control sobre los establecimientos que importen y comercialicen los reactivos de que trata el presente decreto, se realizarán de acuerdo con los procedimientos de vigilancia que contemple el Invima conforme a la norma vigente que establece el modelo de inspección, vigilancia y control sanitario para los productos de uso y consumo humano. Así mismo, esta autoridad adoptará las medidas sanitarias de seguridad y sanciones de acuerdo con lo señalado en los artículos 576 y 577 de la Ley 9ª de 1979 y adelantará el procedimiento administrativo sancionatorio contemplado en los artículos 47 a 52 de la Ley 1437 de 2011 o las normas que las modifiquen o sustituyan.

Parágrafo

El Invima contará con un sistema de información que fortalezca las acciones de inspección, vigilancia y control de los reactivos in vitro , el cual permita la disponibilidad de la información cuando las autoridades la requieran.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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