Créase la Junta de Calificación Artística adscrita al Ministerio de Comunicaciones, conformada por los siguientes miembros:
Secretario General del Ministerio de Comunicaciones o su delegado.
Jefe de la División de Medios Audiovisuales y Publicidad del Ministerio de Comunicaciones o su delegado.
Un Director de Televisión, o su suplente designado por el Ministerio de Comunicaciones, de terna enviada por la Asociación de Medios de Comunicación, Asomedios.
Un Director de Teatro, o su suplente designado por el Ministerio de Comunicaciones de terna enviada por la Corporación Colombiana de Teatro.
Dos representantes de la Asociación de Actores debidamente reconocidos por el Gobierno Nacional, y su respectivo suplente.
Un representante de las escuelas o facultades de actuación y/o dirección debidamente reconocidas por el Gobierno Nacional.
Para estos efectos, el representante deberá acreditar su calidad de Director Escénico.
El Jefe de la Sección de Licencias del Ministerio de Comunicaciones actuará como Secretario con voz pero sin voto.