Micelio

Artículo 1

Ley 21 de 1945 · Sobre acuñación y reacuñación de monedas de plata y de cobre-níquel

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De acuerdo con la Junta Directiva del Banco de la República, el Gobierno procederá a emitir monedas de cobre-níquel hasta completar en circulación la suma de seis millones de pesos ($6.000.000.00), en monedas de 1, de 2 y de 5 centavos.

Parágrafo

- El Gobierno señalará las características de estas monedas; pero la aleación de ellas será de 25% de níquel y 75% de cobre.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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