Micelio

Artículo 1

En Lo Sucesivo Toda Publicación O Trabajo Tipográfico De Cualquier Índole Procedente De Los Ministerios Del Despacho Y Demás Dependencias Del Gobierno, Residentes En Esta Ciudad, Se Harán Precisamente En La Imprenta Nacional, Salvo Que El Director De Ésta Certifique Sobre La Imposibilidad De Hacerlos En Los Talleres Oficiales

Decreto 2634 de 1950 · por el cual se dictan disposiciones sobre publicaciones oficiales.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º En lo sucesivo toda publicación o trabajo tipográfico de cualquier índole procedente de los Ministerios del Despacho y demás dependencias del Gobierno, residentes en esta ciudad, se harán precisamente en la Imprenta Nacional, salvo que el Director de ésta certifique sobre la imposibilidad de hacerlos en los talleres oficiales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2634 de 1950