Juntas de Títulos Académicos. Créanse las siguientes Juntas de Títulos Académicos Militares, como organismos asesores de los respectivos Comandos para el otorgamiento de los títulos
A nivel Comando General de las Fuerzas Militares
Jefe del Estado Mayor Conjunto.
Jefe del Estado Mayor o Jefe de Operaciones de la Fuerza a que pertenece el solicitante.
Jefe del Departamento Tres del Estado Mayor Conjunto.
Jefe de la Sección de Instrucción del Departamento Tres del Estado Mayor Conjunto, quien actuará como Secretario.
A nivel Comandos de Fuerza
Jefe del Estado Mayor o Jefe de Operaciones de la Fuerza.
Jefes de los Departamentos Uno y Tres del Estado Mayor de la respectiva Fuerza.
Jefe de la Sección de Instrucción del Departamento Tres del Estado Mayor de la Fuerza, quien actuará como Secretario.