Micelio

Artículo 1

Decrétese La Disolución Y Liquidación Del Fondo Cooperativo Nacional Creado Y Organizado Por Medio De Los Decretos Número 1460 De 1940, 2462 De 1948 Y 3264 De 1948, Y Sus Activos Pasarán Previo Avaluó Al Banco Popular Para Que Este Organismo Preste Su Asistencia Financiera Por Medio De Préstamos A Las Cooperativas Legalmente Constituídas

Decreto 2359 de 1952 · Por el cual se adscribe al Banco Popular el fomento del crédito cooperativo

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Decrétese la disolución y liquidación del Fondo Cooperativo Nacional creado y organizado por medio de los Decretos número 1460 de 1940, 2462 de 1948 y 3264 de 1948, y sus activos pasarán previo avaluó al Banco Popular para que este organismo preste su asistencia financiera por medio de préstamos a las Cooperativas legalmente constituídas.

Parágrafo

El avalúo de que trata este artículo se efectuará por tres peritos designados así: uno por la Junta Directiva del Banco Popular, uno por el Ministerio de Fomento y uno por la Contraloría General de la República. Los peritos devengarán una remuneración total de $2.000.00, cada uno, y sus honorarios serán cubiertos por el Fondo Cooperativo Nacional. Si el Banco Popular, por razones válidas, rechazare algunos de los activos avaluados, éstos ingresarán al patrimonio de la Nación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2359 de 1952